Artículo 269. Nombramiento de Interventor
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los accionistas que representen la vigésima parte del capital social podrán solicitar del Juez de Primera Instancia del domicilio social la designación de un Interventor que fiscalice las operaciones de liquidación.
2. También, podrá, en su caso, nombrar un Interventor el Sindicato de Obligacionistas.
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