Principal » Normativa » Derecho mercantil » Real Decreto Legislativo 1.564/1989, de 22 de diciembre, que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas » Capítulo décimo. De las obligaciones
Sección 4ª. Sindicato de obligacionistas
Enviado por belen el Lun, 13/07/2009 - 11:37.
Sección 4ª. Sindicato de obligacionistas
- Artículo 295. Formación del sindicato
- Artículo 296. Gastos del sindicato
- Artículo 297. Asamblea general de obligacionistas
- Artículo 298. Facultad y obligación de convocar la asamblea
- Artículo 299. Forma de convocatoria
- Artículo 300. Competencia de la Asamblea
- Artículo 301. Acuerdos de la Asamblea
- Artículo 302. Acciones individuales
- Artículo 303. Comisario
- Artículo 304. Intervención
- Artículo 305. Ejecución de garantías
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- Código de Comercio
- Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada
- Real Decreto Legislativo 1.564/1989, de 22 de diciembre, que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas
- Capítulo primero. Disposiciones generales
- Capítulo segundo. De la fundación de la Sociedad
- Capítulo tercero. De las aportaciones
- Capítulo cuarto. De las acciones
- Capítulo quinto. De los órganos de la Sociedad
- Capítulo sexto. De la modificación de los Estatutos y del aumento y redución del capital
- Capítulo séptimo. De las cuentas anuales
- Capítulo octavo. De la transformación, fusión y escisión
- Capítulo noveno. De la disolución y liquidación
- Capítulo décimo. De las obligaciones
- Sección 1ª. Emisión de obligaciones
- Sección 2ª. Representación de las obligaciones
- Sección 3ª. Obligaciones convertibles
- Sección 4ª. Sindicato de obligacionistas
- Artículo 295. Formación del sindicato
- Artículo 296. Gastos del sindicato
- Artículo 297. Asamblea general de obligacionistas
- Artículo 298. Facultad y obligación de convocar la asamblea
- Artículo 299. Forma de convocatoria
- Artículo 300. Competencia de la Asamblea
- Artículo 301. Acuerdos de la Asamblea
- Artículo 302. Acciones individuales
- Artículo 303. Comisario
- Artículo 304. Intervención
- Artículo 305. Ejecución de garantías
- Sección 5ª. Reembolso y rescate
- Sección 6ª. Régimen especial
- Disposiciones adicionales
- Disposiciones transitorias
- Disposiciones finales
- Disposición derogatoria

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